Lunes 2 de Marzo de 2026

Trabaría SAT deducción a empresas

Las empresas que no tengan el domicilio fiscal correcto de sus empleados no podrán "timbrar" la nómina de ellos (generar las facturas correspondientes por el pago de salarios) y ante esto no podrán realizar deducciones del ISR, advirtió Roberto Cavazos, presidente del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León (ICPNL).

El problema para las empresas es que para tener el domicilio fiscal pedían al empleado la Constancia de Situación Fiscal (CSF) o la Cédula de Identificación Fiscal; sin embargo, el SAT, a la vez, ha señalado que multará a partir de este año a las empresas que exijan ambos documentos a sus clientes o empleados para emitir una factura.

Las sanciones van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos.

Entonces, a las empresas les queda pedir la información fiscal a través de un caso de aclaración en la página del SAT (trámite 44/CFF), un proceso más que se agrega a la "tramititis" que ya enfrentan.

Cavazos explicó que algunas empresas, ante la falta de mano de obra, contratan personal sin tener toda la información fiscal que se requiere.

"(Los patrones) pagan a los empleados y determinan los impuestos, pero no tienen un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI, que es una factura electrónica oficial) si no pueden validar el domicilio fiscal del empleado.

"¿En qué repercute esto al patrón?, en que si no está 'timbrado', no se cumplen los requisitos de las deducciones".

Señaló que la resolución miscelánea 2026 establece la posibilidad de corregir y "timbrar" los recibos de nómina omitidos o con errores de todo el ejercicio 2025, pero la fecha límite para las correcciones fue el pasado 28 de febrero.

"Si la empresa no corrigió y no timbró los CFDI de nóminas durante el 2025, incluso en este plazo extendido, no podrá deducir las nóminas y todos los gastos relacionados con dichos trabajadores.

"Al no poder deducirlos, se consideran utilidad o base del ISR y por lo tanto cuestan el ISR", indicó Cavazos.

Juan Carlos Pérez Góngora, del Despacho Pérez Góngora y Asociados, recordó que a partir del 2022, el SAT estableció el código postal como requisito para la expedición de facturas.

Azucena Au Ahumada, presidenta de la Comisión Fiscal de Coparmex Nuevo León, indicó que a través de las nuevas medidas, el SAT tendrá un mayor control al conocer dónde se ubican los contribuyentes o si cambiaron de domicilio.

Por ejemplo, dijo, en la práctica, el empleado da un comprobante de domicilio a la empresa que lo contrata, el cual tiene un código postal diferente al recibo de otro servicio que presentó ante el SAT, porque a veces sucede que los recibos de servicios tienen códigos postales diferentes para una misma dirección.

Si bien la solicitud del código postal inició a partir del 2022, añadió que el año pasado el SAT empezó a ser más estricto en ese tema.

Recomendó a las empresas mantenerse actualizadas y que existe una manera de conseguir la información en caso de que tengan complicaciones con el "timbrado" de la nómina.

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