Martes 31 de Marzo de 2026

Proponen sanciones para pesca ilícita y contaminación

San Luis Potosí, SLP.- La diputada Frinné Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado a fin de dotar al Estado de instrumentos penales específicos y reforzados para combatir la contaminación, la modificación ilícita de cauces y la pesca ilícita en ríos y cuerpos de agua interiores, con énfasis en la Huasteca potosina y en particular en la cuenca del río Axtla, sin perder de vista el conjunto de ríos y sistemas acuáticos que bañan a los municipios de la región.

 

Con esta reforma, se busca desalentar el uso de métodos de pesca depredatorios, promover el respeto a las vedas establecidas para especies como la acamaya, proteger la biodiversidad acuática y garantizar la continuidad de actividades económicas y culturales vinculadas al agua, en beneficio de las generaciones presentes y futuras del Estado de San Luis Potosí.

 

La legisladora presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social manifestó que la región huasteca es reconocida a nivel nacional e internacional por sus ríos de aguas claras, cascadas y atractivos ecoturísticos, entre los que sobresalen los sistemas de los ríos Axtla, Tampaón, Gallinas y Moctezuma, que constituyen un patrimonio natural fundamental para el Estado y para el país.

 

Dentro de este sistema hídrico, la cuenca del río Axtla se ha convertido en un caso emblemático por la creciente presión que enfrenta, no solo por descargas y contaminación, sino también por prácticas de pesca indiscriminada y métodos depredatorios empleados por particulares en sus márgenes y afluentes. Diversas notas periodísticas y reportes ciudadanos recientes han documentado mortandad de peces, deterioro de la calidad del agua y preocupación social por las afectaciones al río Axtla, lo que ha motivado incluso la instalación de comités de cuenca e intervenciones de autoridades ambientales para atender la problemática.

 

La iniciativa contempla incorporar un tipo penal de pesca ilícita dentro del Capítulo relativo a los delitos contra el ambiente, como artículo 295 Bis, a continuación del actual artículo 295 que ya tutela cuerpos de agua, humedales y cauces.

Asimismo, se propone una reforma al artículo 295 para visibilizar de forma expresa la protección reforzada que merecen los ríos, lagunas, humedales y cuerpos de agua de la región Huasteca Potosina, sin alterar el catálogo de conductas punibles ya previstas en dicho artículo.

 

Las sanciones propuestas en el nuevo artículo 295 Bis —uno a cuatro años de prisión y trescientos a dos mil días multa en su tipo básico; tres a ocho años de prisión y mil quinientos a cuatro mil días multa en los supuestos agravados— guardan proporcionalidad con el resto de los delitos ambientales previstos en el Código Penal estatal y con el estándar federal para delitos contra la biodiversidad.

 

La iniciativa se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.

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