Jueves 4 de Junio de 2026

Acusan traba el SAT al comercio exterior

Una creciente incertidumbre y afectaciones a su operación padecen las empresas dedicadas al comercio exterior en México ante lo que es una interpretación a las reformas a la Ley Aduanera y las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026, que han propiciado que en determinados casos, los agentes aduanales les nieguen el servicio por temor a perder su patente.

 

Esto se da en casos en los que, por un error del SAT, las empresas aparecen en una lista de contribuyentes con créditos fiscales, son supuestos deudores.

 

Aunque las empresas les demuestran a los agentes aduanales que esos supuestos créditos fiscales están pagados o se encuentran debidamente impugnados y garantizados, como quiera les niegan el servicio, lo que está causando graves afectaciones en las operaciones de comercio exterior de los importadores, aseveró Javier Cendejas, presidente del Consejo Mexicano de Comercio Exterior Noreste (Comce).

 

"Históricamente, cuando existían aclaraciones pendientes, diferencias administrativas o errores derivados de actualizaciones en sistemas del SAT, los agentes aduanales continuaban prestando el servicio siempre que el importador mantuviera vigente su Padrón de Importadores y contara con opinión positiva de cumplimiento fiscal.

 

"Pero ahora, el cambio reciente no deriva necesariamente de una prohibición expresa en la Ley, sino de una interpretación conservadora sobre el alcance de las nuevas obligaciones. El impacto puede ser sumamente grave; en muchos casos sí puede detener parcial o totalmente operaciones de importación y exportación, afectando cadenas de suministro completas, producción industrial, cumplimiento con clientes internacionales y contratos logísticos".

 

Esos casos surgen de las nuevas obligaciones que tienen los agentes aduanales, que vienen integradas en el artículo 162, fracción IV de la Ley Aduanera, que implica integrar un expediente con información diversa y verificada de trazabilidad de sus clientes, remitente y destinatario de las mercancías y de otros artículos de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026 que, de no cumplirlos, pueden perder su patente y eso ha elevado la negación del servicio.

 

"Se han presentado casos en donde el SAT ha publicado los datos de importadores en el listado del artículo 69, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, por identificar que estos contribuyentes tienen créditos supuestamente firmes, cuando en la realidad o están pagados o se encuentran debidamente impugnados y garantizados.

 

"Ante el error evidente en la publicación, los importadores proceden a presentar aclaraciones, mismas que toman días en resolverse, y los listados se actualizan mensualmente, por lo que los datos de los contribuyentes permanecen en los listados por semanas incluso después de quedar resuelta favorablemente la aclaración".

 

Por ello, están en diálogo con diversos organismos y actores del sector, y con el Gobierno federal para encontrar claridad jurídica y operativa que otorgue certidumbre, en donde el agente aduanal integre expediente con información completa, pero sin negar el servicio cuando el contribuyente continúa legalmente habilitado para operar y mantiene activo su Padrón de Importadores.

MÁS DE CATEGORÍA

© 2026 Todos los Derechos Reservados de Plano Empresarial. Prohibida la reproducción total o parcial, incluyendo cualquier medio electrónico o magnético.