La reforma a la Ley de Protección a la Propiedad Industrial crea nuevos delitos y busca castigar la falsificación de marcas y la difusión de obras antes de su lanzamiento.
Patricia Kaim, socia del despacho Won Wobser y Sierra, aseguró que el objetivo es fortalecer el marco jurídico para sancionar de manera más efectiva la piratería, la falsificación de marcas y otras conductas que vulneran derechos de propiedad intelectual.
Pero más allá del debate sobre si puede sancionar la sátira política, se crea un nuevo delito para sancionar a quien difunda o distribuya sin autorización obras, música, películas o libros antes de su lanzamiento oficial.
Además, la falsificación de marcas y la grabación de películas en salas de cine podrán investigarse de oficio.
"Entre las conductas que se sancionarían o cuya persecución penal se reforzaría se encuentran, por ejemplo, la fabricación y comercialización de productos con marcas falsificadas, ya sea en establecimientos físicos o a través de medios electrónicos; diversas formas de piratería; la elusión de medidas tecnológicas de protección y ciertas conductas relacionadas con el robo de señales; la grabación no autorizada de películas en salas de cine; y la divulgación o distribución de obras sin autorización antes de su lanzamiento oficial", señaló la experta.
El Ministerio Público no necesitará un dictamen técnico previo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para proceder en casos de falsificación de marcas.
Añadió que, en materia de propiedad industrial, se fortalecerán las medidas aplicables a mercancías presuntamente falsificadas que se encuentren bajo control aduanero.
Asimismo, se sancionarían determinadas conductas de suplantación de instituciones públicas.