Viernes 10 de Abril de 2026

Propone diputada homologar ley de abuso sexual con disposiciones federales

San Luis Potosí, SLP.- La diputada Leticia Vázquez Hernández presentó una iniciativa para reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado en materia de abuso sexual, con el objetivo de homologarlo a la legislación federal. La propuesta coloca el consentimiento en el centro de la definición del delito e incorpora la reparación integral del daño a las víctimas y mecanismos de no repetición.

 

De acuerdo con la iniciativa, comete abuso sexual quien, sin el consentimiento de la víctima y sin propósito de llegar a la cópula, realice cualquier acto de naturaleza sexual en el ámbito público o privado, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo. Se incluye expresamente la obligación a exhibir el cuerpo, y se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales y exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.

 

La propuesta precisa que no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza o situación de vulnerabilidad, y establece que el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.

 

La sanción propuesta es de seis a diez años de prisión y multa de 200 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Además, el agresor deberá acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, condición que incide en la procedencia de la suspensión condicional de la pena.

 

Las penas se incrementarían en una tercera parte en casos agravantes: víctimas menores de 18 años o en condición de vulnerabilidad; uso de violencia física, psicológica o moral; participación de dos o más agresores; comisión del delito en lugar despoblado o poco accesible; existencia de vínculo de confianza, parentesco, relación laboral, educativa, deportiva, artística o religiosa entre agresor y víctima; cuando el agresor sea servidor público, profesionista o ministro de culto en ejercicio de sus funciones; cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos o sustancias que afecten su voluntad; cuando esté embarazada o en puerperio; cuando el delito se cometa por razones de orientación sexual, identidad o expresión de género, o cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión.

 

En todos los casos se impondrá la reparación integral del daño, que deberá incluir atención psicológica especializada para la víctima hasta su total recuperación. El delito se perseguirá de oficio. La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia para su análisis.

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