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Congreso define y tipifica la violencia contra menores
10 de Abril 2026 | Plano Informativo
San Luis Potosí, SLP.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó modificaciones al artículo 6° de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí para incorporar una definición expresa de violencia contra este sector de la población.
La reforma, propuesta por la diputada Roxanna Hernández Ramírez, define la violencia contra niñas, niños y adolescentes como toda acción, omisión, abuso, trato negligente o cualquier forma de abandono o maltrato que cause daño, sufrimiento o ponga en riesgo la vida, la dignidad, la libertad y la integridad física, psicológica, emocional o sexual de este grupo, así como su desarrollo integral.
La iniciativa busca coadyuvar a identificar y prevenir conductas que afecten la integridad de los menores, incluyendo el maltrato físico, sexual y psicológico, el abandono, la explotación y la negligencia. La reforma reconoce que la violencia contra este sector puede derivar en consecuencias graves para la salud y el bienestar, y en casos extremos provocar la muerte.
Entre los efectos documentados se señalan problemas de salud física, sexual, reproductiva y mental, deterioro del desarrollo social, emocional y cognitivo, y la adopción de conductas de riesgo. Los tipos de violencia contemplados incluyen el maltrato por parte de adultos en posición de responsabilidad, la violencia intrafamiliar, el abuso sexual, la violencia en el noviazgo y la asociada a pandillas, y puede ocurrir tanto en el hogar como en la comunidad.